Política de Cookies
El European Data Protection Board (EDPB) ha emitido un informe sobre los requisitos para los
banners de cookies con el objetivo de establecer criterios uniformes. Este informe introduce
importantes cambios que todas las empresas deben aplicar en su banner de cookies.
En este informe se especifica que el consentimiento para la instalación de cookies debe cumplir
con los requisitos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y también se aplica
la Directiva e-Privacy. Sin embargo, es importante destacar que el mecanismo de One Stop Shop
no se aplica en este caso, lo que significa que cada país miembro de la Unión Europea debe
cumplir con estos requisitos de manera independiente.
¿Qué es un banner cookies?
Un banner de cookies es una herramienta que se utiliza en sitios web para informar a los
visitantes sobre el uso de cookies y recabar su consentimiento para almacenarlas en sus
dispositivos. Las cookies son pequeños archivos de texto que los sitios web envían al navegador
de un usuario y se almacenan en su ordenador o dispositivo móvil. Estos archivos son utilizados
para recordar información sobre el usuario, como sus preferencias de navegación o datos de
inicio de sesión.
Los aspectos clave de un banner de cookies incluyen:
1. Información Clara: El banner debe informar claramente al usuario que el sitio web utiliza
cookies. Esta información suele incluir qué tipo de cookies se utilizan (como cookies de
rendimiento, funcionales, de análisis, o de publicidad) y para qué propósitos.
2. Solicitud de Consentimiento: En muchas jurisdicciones, es obligatorio obtener el
consentimiento del usuario antes de poder almacenar cookies en su dispositivo,
especialmente si las cookies son utilizadas para fines de seguimiento o publicidad. El banner
debe ofrecer una manera sencilla y directa para que los usuarios den o rechacen su
consentimiento.
3. Enlace a la Política de Cookies: A menudo, el banner incluye un enlace a una política de
cookies más detallada donde los usuarios pueden obtener información adicional sobre el uso
de cookies en el sitio y cómo gestionar sus preferencias.
Cookies: Nuevos criterios a seguir para cumplir con la normativa 2/5
4. Opciones de Personalización: Algunos banners de cookies permiten a los usuarios
seleccionar qué tipos de cookies desean aceptar y cuáles rechazar, ofreciendo un control
más granular sobre su privacidad.
5. Diseño Discreto pero Visible: Los banners de cookies están diseñados para ser visibles sin
obstruir significativamente la experiencia del usuario en el sitio web.
Nueva ley de cookies
La nueva ley de cookies establece cambios significativos en la forma en que las empresas
deben gestionar la recopilación y el uso de los datos de los usuarios. Los banners de cookies,
que antes eran una simple formalidad, ahora deben diseñarse cuidadosamente para cumplir con
los nuevos criterios establecidos por la legislación.
Uno de los cambios más notables es que los banners de cookies ahora deben ofrecer una
“negación real”. Esto significa que los usuarios deben tener la opción de rechazar todas las
cookies con un solo clic, en lugar de tener que navegar por menús complicados para ajustar sus
preferencias de cookies.
Además, los sitios web ya no pueden usar el “desplazamiento de la página” como forma de
consentimiento. Según la nueva ley, el consentimiento debe ser claro y afirmativo. Por lo tanto,
el simple hecho de que un usuario continúe navegando por un sitio web no se considerará como
un consentimiento válido.
Por último, la nueva ley de cookies también establece que los sitios web deben proporcionar a
los usuarios una forma sencilla de cambiar sus preferencias de cookies en cualquier momento.
Esto significa que los sitios web deben tener una opción claramente visible que permita a los
usuarios ajustar sus preferencias de cookies, incluso después de haber dado su consentimiento
inicial.
Los aspectos clave de esta ley incluyen:
1. Botón de Rechazar Todas las Cookies: Los banners de cookies deben incluir ahora un
botón para rechazar todas las cookies. Este botón debe ser claramente visible y accesible,
sin ser menos atractivo o visible que las opciones de aceptar.
2. Más Transparencia: Se requiere que las webs y aplicaciones proporcionen información clara
y transparente sobre las cookies que utilizan. Esto incluye la finalidad de las cookies, su
duración y la identidad de terceros responsables de su instalación.
Cookies: Nuevos criterios a seguir para cumplir con la normativa 3/5
3. Posibilidad de Cobrar por No Aceptar las Cookies: Las páginas web y aplicaciones
pueden cobrar a los usuarios que elijan no aceptar cookies, siempre y cuando esta posibilidad
se comunique de manera clara y transparente.
4. Actualización del Banner de Cookies: Es necesario actualizar los banners de cookies para
incluir el botón de rechazo y proporcionar la información requerida de forma clara.
5. Actualización de la Política de Cookies: Las políticas de cookies deben ser más detalladas
y transparentes, incluyendo información específica sobre cada tipo de cookie utilizada, su
finalidad y gestión.
6. Sanciones por Incumplimiento: El no cumplir con estas nuevas regulaciones puede resultar
en sanciones económicas significativas por parte de la Agencia Española de Protección de
Datos (AEPD), con multas que pueden variar entre 3.000 y 300.000 euros.
7. Impacto en el Ecosistema Digital: Empresas como Google han respondido a estos cambios
con requerimientos adicionales para las páginas web que utilizan sus servicios de publicidad
y análisis, como la necesidad de banners de cookies certificados y el uso de plataformas de
gestión del consentimiento (CMPs) certificadas.
El botón “Rechazar cookies” debe aparecer en la primera capa del banner
de consentimiento
En cuanto al consentimiento, el informe destaca que es esencial que exista un botón para
rechazar las cookies en la primera capa de la página web, ya que la ausencia de este botón se
considera un incumplimiento de la Directiva. Todo aviso de cookies debería, pues, mostrar tres
opciones en la primera capa:
• Aceptar cookies
• Rechazar cookies (excepto las cookies esenciales para el funcionamiento de la web)
• Configurar/personalizar cookies.
Hasta ahora, muchas empresas han optado por ocultar el botón de rechazar en la primera capa
del aviso de cookies. De esta manera, los usuarios debían hacer al menos dos clicks para
rechazar las cookies: primero seleccionar la opción de “Configurar cookies” y después “Guardar
la selección actual”. Si tu página web sigue este modelo para su aviso de cookies, deberías
modificarlo lo antes posible para evitar sanciones.
Cookies: Nuevos criterios a seguir para cumplir con la normativa 4/5
En “Configurar cookies” no se deben premarcar todas las opciones
El informe señala también que las casillas premarcadas en una segunda capa no son
consideradas como un consentimiento válido. Esto obligaría al usuario a desmarcar cada casilla
una a una antes de guardar los cambios, por lo que se considera un abuso del usuario. Por tanto,
lo adecuado es que la segunda capa donde se permite al usuario seleccionar qué cookies desea
instalar, todas las opciones estén previamente desactivadas.
Atención a los colores y otras artimañas con los botones
Si en tu página web estás mostrando el botón “Rechazar cookies”, pero lo presentas en un
tamaño de fuente mucho más pequeño que el de “Aceptar” o usas colores que dificulten su
visibilidad descaradamente, también podrían sancionarte.
El consentimiento debe ser informado y no se debe dar la impresión de que aceptar todas las
cookies es la única opción para continuar navegando. Por esta razón, además, el informe
recomienda establecer un mecanismo sencillo para retirar el consentimiento, como un botón
“flotante” permanente y visible como el que mostramos a continuación:
Muestra claramente qué cookies son esenciales para el funcionamiento de
tu página web y cuáles no
En último lugar, destacamos que el interés legítimo no es una base adecuada para el tratamiento
de datos recabados a través de cookies. Por lo tanto, recomendamos establecer listados de
cookies necesarias o esenciales, ya que no está claro cuáles son las cookies dentro de esta
tipología (exentas de consentimiento).
Esto ayudaría a los usuarios a entender qué cookies son esenciales para el funcionamiento de
la página web y cuáles son las cookies que se utilizan para fines de seguimiento y publicidad. En
resumen, el informe del EDPB busca establecer criterios claros y uniformes para el uso de
banners de cookies, a fin de garantizar la protección de los datos personales de los usuarios.
Texto Política de Cookies
La política de cookies se ha vuelto más estricta para garantizar la privacidad de los usuarios en
línea. En primer lugar, la obtención del consentimiento del usuario es esencial antes de la
instalación de cualquier cookie. El consentimiento explícito implica que el usuario tiene que
hacer una acción afirmativa, como hacer clic en un botón, para aceptar las cookies.
Cookies: Nuevos criterios a seguir para cumplir con la normativa 5/5
Además, las webs deben ofrecer información clara y comprensible sobre el uso de las cookies.
Los usuarios deben conocer el propósito de las cookies, quién las utiliza y cómo pueden
rechazarlas o eliminarlas. La transparencia es clave en la política de cookies.
La tercera cuestión importante es el uso apropiado de las cookies. Las cookies no deben ser
utilizadas para recoger datos personales que no sean necesarios para el funcionamiento del sitio
web. Además, las cookies deben ser seguras y proteger la información del usuario.
Finalmente, es crucial mantener un registro de consentimientos. Las webs deben ser capaces
de demostrar que han obtenido el consentimiento legal de los usuarios para el uso de cookies.
Este registro debe mantenerse actualizado y estar disponible para las autoridades de control.